La reforma de pensiones comenzará a tener efecto a partir de julio de 2025. Este cambio se enmarca dentro de la Ley 2381, la cual fue aprobada el 1 de junio de 2024 por el gobierno liderado por Gustavo Petro. Uno de los propósitos primordiales de esta reforma es la recuperación de ciertos beneficios que se habían perdido desde la entrada en vigor de la Ley 100 en 1993, la cual fue debidamente regulada y modificada en 2005.
Entre los beneficios que se buscan recuperar está lo que se conoce como “Mesada 14”. Esta provisión se aplica a las personas que se pensionaron antes de 1993, quienes recibirán un pago adicional conocido como “14° salario” cada año, el cual equivale a un salario mínimo legal vigente. Por lo tanto, estos pensionados recibirán una compensación extra en los meses de junio y octubre de cada año, gracias a la implementación de esta reforma.
Es importante destacar que actualmente todos los pensionistas reciben un pago adicional comenzando en el mes de noviembre, lo cual significa que tras la reforma, este beneficio se ampliará y estará disponible también a partir de julio.
Dinero Foto:Istock.
¿Quiénes son elegibles para acceder a la mesada 14?
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 142 de la Ley 100 de 1993, la mesada 14 está destinada para los jubilados que cumplen con ciertos criterios. Estos criterios incluyen:
- Jubilación.
- Discapacidad.
- Edad.
- Sistema de supervivencia.
- Empleados del sector público, oficial o semioficial.
- Empleados del sector privado.
- Beneficiarios del Instituto de Seguridad Social.
- Retirados y pensionados de las fuerzas militares y la policía nacional.
“Aquellos cuyas pensiones hayan sido causadas y reconocidas antes del 1 de enero de 1988, tendrán derecho a recibir y a pagar treinta (30) días correspondientes a cada régimen aplicable, el cual será cancelado en el mes de junio de cada año, desde 1994” , señala el artículo 142 de la ley.
(Imagen de referencia). Foto:Izock
¿Cómo averiguar si califico para acceder a la mesada 14?
Para determinar su elegibilidad, el interesado puede dirigirse al Portal único del estado colombiano. Allí podrá solicitar el reconocimiento de la mesada 14 si cumple con ciertos requisitos:
- Si la persona se retiró antes del 25 de julio de 2005 y su pensión no supera los 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Si la persona se retiró entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, y su pensión no supera los 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
14. El pensionista fue eliminado en 2005. Foto:Izock
¿Cómo solicitar la mesada 14?
La página correspondiente indica los siguientes pasos a seguir:
- Es necesario presentar una carta de solicitud de reconocimiento ante el fondo de pensiones, el cual deberá responder en un plazo no mayor a 15 días después de recibir la petición.
- En caso de que el fondo de pensiones rechace la solicitud, se puede interponer un recurso contra dicha decisión, a fin de buscar la aceptación de la solicitud de mesada 14.
Es importante mencionar que este proceso no requiere recurrir a abogados y no tiene ningún costo.
Planifique los gastos mensuales y asigne un límite para cada categoría. Foto:Izock
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Estefanía Mayorga Rincón