El Tribunal de Capital de Tolimense ha tomado la decisión de emitir un arresto de cinco días contra la alcaldesa de Ibagué, Johana Ximena Aranda Rivera, acompañado de una multa equivalente a cinco salarios mínimos mensuales actuales. Esta acción judicial fue resultado de la declaración de desprecio por parte de la alcaldesa, quien manifestó su desacuerdo con el fallo del Tribunal Constitucional que tenía como objetivo proteger el derecho fundamental de acceso al agua potable.

Esta resolución fue aprobada por los sextos tribunales civiles de Ibagué, que determinaron que la junta municipal había incumplido el mandato establecido en el Tribunal T-476 de 2019, emitido por el Tribunal Constitucional. En este fallo, se dictó la necesidad de asegurar un suministro constante de agua potable no solo para Leonel Alcides Hoyos Gómez y su familia, quienes son residentes de la propiedad Alminar Samoa, sino también para el resto de la comunidad que enfrenta problemas serios en el acceso a este recurso vital.

Retrocediendo al mes de octubre de 2019, se dictó un fallo que obligaba al Ayuntamiento, junto con el funcionamiento comunitario en el vecindario de El Triunfo, a elaborar y presentar un plan final a fin de garantizar el acceso a los servicios públicos de agua y alcantarillado. Este plan debía incluir plazos específicos, apoyo presupuestario y fomentar la participación activa de los ciudadanos en este proceso. Sin embargo, ya ha pasado más de cinco años desde este requerimiento y las deficiencias en la prestación de estos servicios son aún más evidentes y persistentes.

Evidencia

A pesar de que el Instituto de Acueducto y Alcantarillado de Ibagué (IBAL) firmó contratos y puso en marcha un sistema de bombeo, así como de que el Ministerio del Medio Ambiente ha enviado informes sobre la situación, el testimonio de la comunidad es contundente. Se ha presentado un video en el que se observa un desbordamiento de alcantarillado, lo cual evidencia que el suministro de agua no es estable y que la calidad del servicio ha fallado repetidamente. El tribunal se celebró en un contexto donde el cumplimiento de la orden judicial no se ha cumplido y la situación continúa siendo precaria.

En defensa, la junta municipal alegó que la responsabilidad del suministro y la infraestructura había sido delegada a varios secretarios, con la designación 1000-0610 desde 2024. No obstante, el juez Carlos Andrés Villada Arbeláez, ante la Oficina de Gerente de la Oficina, resaltó que la responsabilidad última recae sobre la oficina del alcalde en cuestión, lo que pone en relieve la obligación administrativa de asegurar el acceso al agua potable.

Las sanciones impuestas también tienen en cuenta que se enviará un informe a un tribunal civil que revisará la legalidad de la decisión tomada. De igual manera, la oficina del alcalde ha sido nuevamente instruida para cumplir con las órdenes de protección establecidas por el tribunal. El juez también señaló la reticencia de la administración en responder a las múltiples convocatorias de los tribunales durante un periodo de tiempo prolongado, subrayando así una falta de interés por resolver esta crítica problemática.

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