El director de Cormacarena, la principal autoridad ambiental, sigue siendo el foco de fuertes enfrentamientos políticos. Un nuevo capítulo se abrió después del fallo del Consejo de Estado, que invalidó la elección de Pedro Vidal Vellanda Bejarano, alcalde de Puerto López, como representante de alcalde para la Junta de Directores.

Aunque Velandia renunció a su posición para conocer la demanda contra él, el fallo comprende un ejemplo clave: solo los municipios que consisten en un área especial de gestión de Macarena (Amen) pueden participar en la formación de la Junta, como ha sido el caso en la ley de 1993. que la Ley de 1938, que estaba en Juris, que no fue, a pesar de la ley de 1938 en Juris, a pesar de la ley de 1938 «, Jaris, a pesar de la ley de 1938 en Juris, a pesar de la ley» 1938 en Juris. de la jurisdicción general de la jurisdicción general del objetivo

Demanda

La demanda, presentada por Juan Sebastián Ríos Vélez y Carlos Alberto López, también interrogó a otras irregularidades: participación de municipios que no pertenecen a Amén, la falta de la cantidad de listas y violaciones de la mínima participación de la participación en el ministerio del entorno.

Aunque no toda la objeción ha prosperado, el Consejo de Estado encontró una base suficiente para cancelar las elecciones de Vellingia. Sin embargo, Oscar Olaya, alcalde de El Dorado, creía que su municipio, creado por la separación de Amén, cumple con los requisitos.

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