Service Premium se define como un beneficio social que los empleadores tienen la obligación de pagar a sus trabajadores en Colombia, especialmente en los meses de junio y diciembre. Este pago es fundamental para garantizar el bienestar de los empleados y se considera un derecho laboral esencial.
A pesar de su importancia, persisten dudas en cuanto a su cálculo, sobre todo cuando se trata de un empleado que no ha completado un año de trabajo en la empresa. Este aspecto es crucial, ya que muchos empleados comienzan a laborar en distintas épocas del año y se preguntan cómo se determina su prima.
«El servicio de servicio es el derecho que recibió el trabajador desde el primer día del contrato de empleo, sin importar si ha completado un año en la compañía», aclara Camila Álvarez, un abogado especializado en derecho laboral. Esto reafirma que todos los trabajadores, independientemente de su tiempo en la empresa, tienen derecho a recibir una compensación justa.
Este beneficio equivale a un salario mensual por cada año completo de trabajo, o una fracción proporcional en caso de que el período de trabajo sea inferior a un año. Por lo tanto, es fundamental entender cómo se calcula este monto.
El cálculo de la prima de servicios correspondiente a junio para un empleado que no ha completado un año se realiza utilizando la fórmula: (salario mensual x días trabajados) / 360. Esta fórmula es crítica, ya que permite obtener el valor proporcional de la prima de servicios acorde al tiempo laborado, asegurando que el trabajador reciba la parte que realmente le corresponde.
El reconocimiento monetario se realizará durante todo el semestre. Foto:Izock
Por ejemplo, si un trabajador tiene un salario mensual de 1,500,000 y ha laborado 180 días, recibiría una prima de 750,000. En contraste, aquellos que solamente trabajaron 90 días bajo el mismo salario recibirían un monto proporcional de 375,000.
«Es importante destacar que el cálculo de la prima de servicios debe tener en cuenta el salario calculado, incluyendo cualquier bono o comisión que el trabajador reciba», comenta Diana Pérez, asesora pública y consultora de gestión en Radom. Esto implica que todos los conceptos que componen el salario deben ser considerados en el cálculo.
Si el trabajador ha tenido variaciones en su salario durante el semestre, se debe utilizar el salario promedio para determinar el valor básico del cálculo. Esta consideración es esencial para garantizar que el cálculo sea justo y equitativo.
El empleador está obligado a realizar el pago de la prima de junio a más tardar el 30 de junio. Esto subraya la importancia de mantener una adecuada gestión y cumplimiento de las obligaciones laborales, evitando posibles problemas legales o sanciones.
«El incumplimiento de la obligación del pago de la prima de servicios conlleva sanciones legales, incluyendo intereses por falta de pago y sanciones administrativas que pueden ser impuestas por el Ministerio de Trabajo«, advierte Pérez. Es fundamental que tanto empleados como empleadores comprendan estas normativas para evitar futuros inconvenientes.
Según la ley, el pago de la prima debe hacerse en los plazos establecidos. Foto:Izock
En lo que respecta a los trabajadores que laboran por días o por horas, el cálculo de la prima se basa en el total de días o horas trabajados durante el periodo relevante. Esto significa que los empleadores deben asegurarse de agregar y calcular correctamente la cantidad de tiempo trabajado para determinar el valor proporcional de la prima.
Asimismo, si un trabajador finaliza su contrato antes del 30 de junio, el empleador tiene la obligación de pagar la prima correspondiente al tiempo que efectivamente trabajó. «En tales situaciones, el trabajador debe recibir el monto adecuado de la prima al momento de la liquidación final», añade Pérez.
Service Premium representa un derecho fundamental para todos los trabajadores en Colombia, sin importar la modalidad de contratación. El cálculo proporcional permite que aquellos que no han completado un año de servicio también se beneficien, lo que garantiza la equidad y el cumplimiento de las normativas laborales vigentes.