
En Colombia las multas de tránsito por infracciones como exceso de velocidad, conducir con placas o usar el teléfono mientras se conduce son una preocupación constante para los conductores. Estas sanciones, impuestas por agentes o «cámaras de rescate», conllevan costes económicos e incluso el bloqueo del vehículo.
Sin embargo, a menudo se plantea la cuestión de si estas deudas son eternas. La respuesta es no. Las multas de tráfico tienen un límite de tiempo para su cobro, concepto legal conocido como plazo de prescripción.
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¿En cuantos años vence la pena en Colombia?
El Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) es claro en su artículo 159. Esta norma establece que las multas impuestas por infracciones de tránsito prescribirán en el plazo de tres años, contados a partir de la ocurrencia del hecho.
es decir, Si una persona ha cometido una infracción, la autoridad de tránsito tiene tres años a partir de esa fecha para iniciar formalmente el cobro.
Aunque la regla general es de tres años, existe un mecanismo legal que rompe ese conteo: el aviso de “orden de pago”.
El Ministerio de Transportes explica que la prescripción «terminará mediante notificación de la orden de pago».
Esto significa que si la autoridad de tránsito notifica al deudor el inicio del proceso de cobro forzoso («orden de pago») antes de que transcurran los tres años, el reloj se detiene y vuelve a empezar.
El plazo de prescripción de la multa termina con la notificación de la orden de pago. foto:Tomado de la página de la Alcaldía de Bogotá
En la práctica, la prescripción opera cuando la autoridad de tránsito no toma ninguna medida de cumplimiento dentro de ese período de tres años. La autoridad no puede iniciar el cobro de multas si ya han transcurrido los tres años requeridos para la declaración de prescripción.
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¿Cómo solicitar la imposición de una multa?
Si bien la ley establece que la prescripción se “promulga de oficio” (es decir, automáticamente por la autoridad), en la práctica esto rara vez ocurre. Por tanto, es el ciudadano quien debe buscarlo activamente.
para hacerlola persona debe presentar una solicitud formal, generalmente un derecho de petición, ante la agencia de tránsito que emitió la multa. Si la sanción fue en Bogotá, por ejemplo, la solicitud se envía al Ministerio de Movilidad.
En el documento, el ciudadano deberá exponer su caso, señalar la fecha de la infracción y solicitar que la sentencia sea declarada obsoleta, de acuerdo con los plazos previstos por la ley.
*Esta nota fue preparada con el apoyo de AI y revisión de periodistas.