El Estado de impuesto sobre la renta es una de las obligaciones fiscales más críticas que enfrentan los ciudadanos cada año. Este requisito persiste de año en año y implica la verificación de ingresos, costos, deducciones y movimientos financieros de cada contribuyente.
A partir de esta información, se elabora un registro de los bienes del año que se procesa de inmediato, lo que permite que el estado determine cuánto debe pagar un individuo por sus ingresos.
Las personas que deben cumplir con estos compromisos fiscales son aquellos que han tenido ingresos anuales en bruto que superan los 1.400 UVT, lo cual equivale a aproximadamente $69’718,600.
El informe sobre el pago y los ingresos se genera de acuerdo con la última cifra disponible. Foto:Izock
Otros criterios que obligan a la declaración de ingresos son los siguientes:
- Patrimonio bruto mínimo (4,500 UVT): $224’095,500.
- Consumo mínimo a través de tarjeta de crédito (1.400 UVT): $69’718,600.
- Compras y consumo (1.400 UVT): $69’718,600.
- Consignaciones bancarias (1.400 UVT): $69’718,600.
A pesar de estas pautas claras, el crecimiento de las tecnologías financieras ha generado incertidumbre. El uso de criptomonedas sigue generando dudas para aquellos que deben presentar su declaración. Surge la pregunta: ¿deben los activos virtuales ser considerados para el impuesto sobre la renta? ¿Cómo se verán afectadas las transacciones con monedas digitales desde el punto de vista fiscal?
En Colombia, las criptomonedas no son reconocidas como monedas legales, sino como activos. Foto:Archivo privado
Los expertos en criptomonedas explican qué debe ser declarado para el impuesto sobre la renta si tiene activos virtuales
En una entrevista con Cartera, medio editorial de El Tiempo, se destacó que aquellos que obtienen ganancias por la compra y venta de criptomonedas en el país deben incluir estos activos en su declaración tributaria.
Gómez mencionó, «Esto quiere decir que, si una persona o empresa obtiene beneficios de la venta de activos virtuales, esos ingresos deben ser declarados y están sujetos a la tasa de impuesto sobre la renta correspondiente.»
Para comprar o vender criptomonedas, todas las transacciones deben ser reflejadas en el balance de trabajo. Foto:Izock
Gómez también puntualizó que, aunque estas monedas digitales no se reconocen en Colombia como moneda de curso legal, constituyen parte del patrimonio de cualquier contribuyente.
«Las personas que residan en Colombia y posean criptomonedas en sus billeteras digitales, en plataformas de intercambio, deben contabilizarlas como parte de su patrimonio cuando declaran sus ingresos.» añadió.
Además, en el aspecto del IVA Impuesto, el experto subrayó que si los pagos se reciben en estas monedas por la venta de productos o servicios, la facturación será también sujeta a impuestos.
Si hay un intercambio de pago mediante criptomonedas, se deben contabilizar en el estado de resultados. Foto:Izock
Finalmente, se acentuó la importancia de estar al tanto de las leyes y regulaciones actuales.
¿Están los adultos mayores obligados a declarar ingresos?
Con la rápida implementación de la reforma a las pensiones, las leyes han tomado la decisión de incluir a algunos pensionados en el régimen fiscal, centrándose especialmente en aquellos con pensiones elevadas.
Esta medida busca generar capital en el sistema fiscal y redistribuir recursos para los adultos mayores que no tienen acceso a una pensión adecuada o cuyos ingresos son bajos. En este sentido, las regulaciones estipulan que las personas que superen el umbral de 1,000 UVT están obligadas a declarar ganancias y pérdidas; lo que equivale a un valor aproximado de $49,999,000 al año para el 2025.
Las personas jubiladas que reciben el ingreso mensual más elevado deben presentar su declaración de ingresos. Foto:Izock
Al considerar esta nueva normativa, los que perciben un ingreso mensual superior a 3.6 millones de pesos deben hacer su declaración de ingresos. Según Lisandro Junac, exdirector de Diana, el principal grupo afectado por el nuevo marco fiscal son aquellos que reciben pensiones que exceden los $6 millones mensuales.
Conforme al calendario fiscal de Diana, se establece que una persona natural, incluyendo a los jubilados, debe presentar su declaración entre el 12 de agosto y el 24 de octubre, dependiendo de los últimos números de su NIT.
Escribiendo las últimas noticias
María Juliana Cruz Marroquín