El Consejo de Estado rechazó por improcedente un recurso de reinstalación interpuesto por el alcalde de Tunja, Mijaíl Krasnov, en el proceso de nulidad electoral en su contra, al señalar que sus reiterados pedidos provocaron un retraso injustificado en el proceso judicial.
El Tribunal Supremo reitera que el recurso es inadmisible y rechaza el requisito procesal
El Primera División del Consejo de Estado emitió una orden mediante la cual rechaza el último pedido de revisión presentado por el alcalde de Tunja, Mikhail Krasnovdentro del proceso de nulidad electoral impulsado por Equipo de asesores legales y representantes legales de Columbia SAS. Según un documento oficial, Se declara inadmisible el recurso del presidente contra el auto de 26 de septiembre de 2025en vista de que, por tal motivo, se rechazó una solicitud de aclaración, adición o rectificación de la orden del 29 de agosto del mismo año, la cual a su vez ya había rechazado la denuncia anterior.
La Corte Suprema lo dijo «No existe ninguna apelación normal contra esa decisión».de conformidad con el párrafo 12 del artículo 243A2 en Ley 1437 de 2011ya que se trataba de una resolución rechazando una modificación de una orden judicial previamente aprobada. Esta sentencia reitera que es imposible insistir en solicitudes procesales que ya han sido resueltas y busca evitar la congestión judicial por actuaciones reiteradas e injustificadas.
El consistorio advierte del retraso en la actuación y ordena el estricto cumplimiento de sentencias anteriores
El orador señaló que El Primer Departamento sólo tenía competencia para resolver una recusación interpuesta contra magistrados del Quinto Departamentocasos definidos en orden 31 de julio de 2025. Sin embargo, el presidente Tunjano ha interpuesto reiteradas peticiones y recursos que, según el cabildo, «han tenido como efecto retrasar indebidamente el proceso y han impedido su devolución a las partes correspondientes».responsable de determinar los valores detallados de su elección.
la empresa judicial ordenó a la oficina de Primera División dar estricto cumplimiento a la orden del 26 de septiembre y abstenerse de tramitar nuevas solicitudes o recursos sobre un caso que ya ha sido resueltolo que asegura la eficiencia y continuidad del proceso. También reiteró que Contra esta última decisión no cabe recurso.para cerrar finalmente esta fase procesal.
Responsabilidad institucional y llamado a la responsabilidad procesal
Con esta decisión, que El Consejo de Estado ratifica su compromiso con la transparencia, la celeridad y el respeto a la seguridad jurídica en el proceso electorallo que envía un mensaje claro sobre el uso responsable de la vía judicial por parte de los servidores públicos. La decisión busca evitar demoras, proteger la legitimidad de las instituciones y permitir que el caso regrese al quinto departamento para una decisión final sobre la elección del alcalde de Tunja.
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