

La Resolución 3461 de 2025, emitida por el Ministerio de Trabajo el 1 de septiembre, estableció nuevas reglas para entidades públicas y privadas.
Su objetivo es reducir, abordar y prevenir el acoso laboral en las empresas. Las resoluciones 652 y 1356 de 2012 fueron derogadas por el nuevo reglamento.
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Lo primero es que todas las empresas deben crear un Comité de Convivencia Laboral. Las personas que participan en este no pueden tener denuncias por acoso y permanecen en el cargo por dos años.
En las entidades con menos de cinco empleados, la comisión estará integrada por un representante de los trabajadores y uno del empleador. Las empresas con más de 20 tendrán cuatro miembros: dos representantes de los trabajadores y dos representantes de los empresarios.
La elección de los miembros será mediante votación secreta y los votos se contarán públicamente para garantizar que el proceso sea válido y democrático.
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«El empleador nombrará directamente a sus representantes, y los trabajadores elegirán a sus representantes mediante votación secreta, que representa la expresión libre, espontánea y auténtica de todos los trabajadores, mediante inspección pública, cuyo procedimiento deberá ser adoptado por toda empresa o entidad pública y constar en la correspondiente convocatoria a elecciones», señala la resolución.
La comisión debe desarrollar su propio reglamento explicando cómo evaluará los casos de acoso dentro de la empresa. También definirá mecanismos y protocolos específicos para garantizar el manejo confidencial de información sensible.
La resolución tiene como objetivo prevenir el acoso en el lugar de trabajo. foto:iStock
Otras regulaciones
Además de la formación de la comisión, Las empresas deben formar a sus empleados en no discriminación por cuestiones de religión, origen, raza u otra condición.
También Se debe realizar capacitación para desarrollar habilidades sociales. Incluye consulta, negociación y habilidades blandas, dirigido a directivos, mandos intermedios y Comité de Convivencia Laboral.
El tercero son los primeros auxilios psicológicos en casos de crisis. El Equipo de Atención a Emergencias, COMPAS, Directivos de Seguridad y Salud y el Comité de Convivencia Laboral deberán ser responsables de este reglamento.
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Finalmente, las entidades deben velar por el desarrollo y fortalecimiento de competencias y actitudes conductuales en sus empleados. Este apartado incluye respeto, imparcialidad, tolerancia, tranquilidad, confidencialidad y reserva en el manejo de la información, ética y capacidad de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos.
por su parte, Los empleadores deben adoptar políticas contra el acoso en el lugar de trabajo, capacita a sus equipos en resolución de conflictos, comunicación y derechos laborales, establece canales de denuncias y atención psicológica y garantiza recursos físicos, técnicos y de tiempo laboral para el funcionamiento del directorio.
ARL tendrá la obligación de brindar asesoría técnica y promover la salud mental en el lugar de trabajo, prevenir el acoso laboral con enfoque de género, Ofrecer apoyo emocional no presencial a través de canales como teléfono, WhatsApp o redes sociales. e informar mensualmente de sus actuaciones al Ministerio de Trabajo.
La resolución advierte que las empresas que incumplan la resolución estarán expuestas a sanciones de conformidad con el Decreto 1295 de 1994, la Ley 1562 de 2012 y el Decreto 1072 de 2015.
Silvia Contreras
Editorial Alcance Digital