
La Autoridad de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa de más de 2.013 millones de pesos a Comcel SA (Claro), luego de constatar que la empresa de telecomunicaciones rechazó múltiples solicitudes de portabilidad de números de sus clientes, alegando supuestos errores relacionados con líneas de los clientes de la «Nave de Última Milla» de TIIC Móvil INT.
Ante esta decisión, la dirección de Claro anunció en un comunicado de prensa que «interpondrá los recursos legales correspondientes para solicitar el levantamiento de la sanción impuesta», ya que durante la investigación administrativa «la empresa presentó argumentos y presentó pruebas que desmienten las acusaciones» de la autoridad del mercado, por lo que considera que con esta «Se ha demostrado que la empresa no actuó en contra del régimen de protección al usuario».
La medida quedó registrada en la Resolución 95096 de 2025, que fue adoptada por la Dirección de Investigaciones para la Protección de los Usuarios de Servicios de Comunicaciones sujetos a control y supervisión del mercado.
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Según la autoridad competente, La empresa no logró acreditar la existencia real de dichas deudas, lo que resultó en una violación de las normas que rigen la portabilidad de números en Colombia. Este régimen, recordó la SIC, se basa en la garantía de que los usuarios puedan transferir su número a otro operador sin barreras, prácticas restrictivas ni presiones comerciales.
El caso involucra a beneficiarios del programa NavegaTIC, una iniciativa del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) destinada a promover la inclusión digital.
Su objetivo fue entregar planes móviles gratuitos a estudiantes de instituciones educativas oficiales y población de estratos 1 y 2 en condiciones de vulnerabilidad, en diferentes municipios del país. Los usuarios recibieron paquetes de datos, minutos ilimitados para llamadas nacionales y acceso sin datos a sitios y aplicaciones de interés educativo y cívico.
Portabilidad numérica
Según las reglas del programa, quienes decidieran cambiar de línea perderían el beneficio que brindaba el MinTIC. sin embargo, La SIC encontró que Claro interpretó esta consecuencia como una deuda o incumplimiento del beneficiario y, con base en esa lectura, rechazó las solicitudes de transferencia sin acreditar obligación financiera alguna.
Prevenir la migración con argumentos no acreditados va en contra de un mercado transparente. foto:iStock
Para la entidad, esta conducta es grave porque vulneró directamente el derecho de los usuarios a elegir y cambiar de operador, que es un principio central del esquema de portabilidad. Destacó que Prevenir la migración con argumentos no acreditados va en contra de un mercado competitivo y transparente, especialmente cuando se trata de poblaciones vulnerables que reciben servicios a través del programa estatal.
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Compromiso total
La administración enfatizó que esta decisión confirma su compromiso de proteger los derechos de los usuarios en el sector de las telecomunicaciones. También señaló que esto es parte de las acciones que impulsa la «SIC del Cambio» con el fin de asegurar un mercado basado en reglas claras y protección al consumidor.
Aunque la sanción ya ha sido impuesta en primera instancia, la empresa aún puede impugnarla. El recurso de reconsideración contra un acto administrativo se presenta ante la Dirección de Investigaciones para la Protección de los Usuarios de Servicios de Comunicaciones, así como una denuncia ante el supervisor delegado en materia de protección al consumidor.
Claro espera que del análisis de los argumentos y pruebas presentadas resulte una nueva decisión de la SIC que la empresa no ha violado este régimen de protección al usuario.
«Claro aboga por el pleno cumplimiento del régimen de protección a los usuarios de servicios de comunicaciones y garantizando el derecho de los usuarios a elegir libremente su operador de telecomunicaciones», insistió la empresa.