

Para los trabajadores independientes en Colombia, una de las sospechas más comunes es poder afiliarse y pagar solo salud sin tener que dar un aporte previsional. Las regulaciones son claras: El aporte del Sistema de Seguridad Social debe ser integral, lo que significa que, según la ley, se deben realizar aportes conjuntos para salud y jubilación.
Sin embargo, la legislación considera algunas excepciones importantes que permiten a ciertos grupos de personas contribuir únicamente a la salud. Es importante saber que saben si inicias sesión en alguno de ellos y así evitar errores en tus pagos o posibles sanciones.
Hay personas que cumplen ciertos requisitos únicamente para cotizar únicamente al seguro médico. Foto:Izock
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Regla General: Aportaciones Integrales
Cada trabajador independiente con Ingresos iguales o superiores al salario mínimo legal mensual vigente. Estás obligado a afiliarte a la modalidad de aportación. Esto implica que necesitas extraer el porcentaje de tus ingresos para cubrir las aportaciones sanitarias (12,5%) y las pensiones (16%).
Estos pagos se calculan sobre la percepción de aportes (IBC), a los que corresponde a los cuentapropistas el 40% de sus ingresos mensuales, sin que este valor sea inferior al salario mínimo. Por ejemplo, si sus ingresos son $2.000.000Su IBC será $800.000Y en base a eso, hay que calcular el pago de la salud y las pensiones.
El pago debe calcularse de acuerdo con los ingresos de una persona. Foto:Izock
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¿Quiénes son la excepción? Casos en los que puedes pagar por tu propia salud
Aunque la regla general es estricta, existen situaciones especiales en las que un trabajador independiente está obligado a cotizar para la jubilación. Estas son las principales excepciones:
- La gente ya está jubilada: Si ya cobramos edad, invalidez o sobrevivencia, y además generamos ingresos como trabajador independiente, buscando únicamente pagar aportes de salud. En este caso, el aporte jubilatorio es voluntario.
- Edad de Solicitud de Jubilación: Estas personas que cuentan en ese momento con un sistema general de pensiones que entró en vigor en 1994. años, ya estaban en edad de jubilación (mujeres con edades comprendidas entre 55 años o más) y nunca cotizaron, podrán quedar exentas de cotizar a la salud.
- Ramas de regímenes especiales: Quienes pertenecen a regímenes de pensiones especiales o exentos, como miembros de fuerzas militares, policía nacional o ecopetrol, y que adicionalmente reciben ingresos como trabajadores por cuenta propia, deben pagar aportes de salud, pero no están obligados a alcanzar otra pensión.
- Extraños no residentes: Los extranjeros que tengan contrato en Colombia, pero que ya coticen a pensiones en su país de origen, pueden quedar exentos de aportes al sistema de pensiones colombiano, aunque deberán cotizar al sistema de salud.
¿Cómo registrarse y pagar correctamente?
Si no cumple con ninguna de las excepciones mencionadas, deberá incentivar la entidad de Promoción de la Salud (EPS) y la Caja de Pensiones (AFP) de su elección. El trámite se puede realizar casi a través de mi portal de seguridad social.
Los pagos de cotizaciones se realizan en segundo plano a través de un formulario de cotización integrado (saw). Existen diversos operadores autorizados que facilitan este proceso online. Es fundamental recordar que el fondo de pago de una cuota familiar es voluntario para la mayoría de los trabajadores por cuenta propia, mientras que los aportes a la Administradora de Riesgos Profesionales (ARL) son obligatorios para quienes tienen convenios de prestación de servicios.
Las personas deben incorporarse de acuerdo con los requisitos. Foto:Izock
Estar correctamente inscrito y mantener sus pagos no es sólo una obligación legal, sino también una garantía de Accede a servicios de salud, discapacidades y asegura protección económica para tu futuro.
Este video explica los detalles sobre cómo los trabajadores independientes deben cotizar al seguro social, recursos útiles para entender el proceso.
Afiliación con certeza social para independientes, fácil y rápido.
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