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Las tablas de valoración se ajustan por inflación, lo que afectará las tasas de política que se deben emitir.
El régimen de tarificación de los vehículos de uso particular se divide en tres niveles de valor comercial, cada uno de los cuales está vinculado a un determinado porcentaje. foto: iStock/TIEMPO
El calendario tributario de Colombia para el próximo año ya tiene definidas las bases para el pago del impuesto vehicular. Con la llegada del 1 de enero de 2026 entrarán en vigor nuevos rangos de valores absolutos que determinan la tasa que deberá pagar cada propietario, según lo establece la Ley 488 de 1998.
Este ajuste anual se realiza con el fin de actualizar las categorías de valoración de vehículos comerciales a la luz de la realidad económica del país. para este período, Las autoridades tomaron como referencia técnica la meta de inflación establecida por la Junta Directiva del Banco de la República, la cual se proyectó en 3 por ciento.
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Presta atención a las tablas de calificación.
Según la normativa vigente, el esquema de tarificación de los vehículos de uso particular se divide en tres niveles de valor comercial, cada uno de los cuales está asociado a un determinado porcentaje:
- Autos valorados en más de 129.032.000 pesos: 3,5 por ciento.
- Vehículos valorados entre 57.349.000 y 129.032.000 pesos: 2,5 por ciento.
- Unidades por valor de hasta 57.349.000 pesos: 1,5 por ciento.
Actualizar estos límites es fundamental para que el sistema tributario mantenga su progresividad, asegurando que el impuesto sea proporcional al valor del inmueble. Los contribuyentes deben prestar atención a las tablas de valoración oficiales publicadas por el Ministerio de Transporte, ya que estos rangos certificados se aplican a ese valor técnico comercial y no al precio de compra o mercado informal.
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* El artículo fue desarrollado con el apoyo de AI y revisado por periodistas.
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